Para muchos extranjeros que, en algún momento, tuvieron una situación regular en España pero la perdieron por circunstancias ajenas a su voluntad, la incertidumbre puede ser abrumadora. 

Sin embargo, la reciente reforma del Reglamento de Extranjería en 2025 ha traído una luz de esperanza: el Arraigo de Segunda Oportunidad

Esta nueva figura migratoria ofrece una vía para recuperar la residencia legal y el permiso de trabajo en España, brindando una valiosa oportunidad a quienes buscan restablecer su vida en el país. 

En Abogados Dagesa, te ofrecemos una guía completa sobre este innovador permiso.

Una Vía para Reintegrarse a la Legalidad

El Arraigo de Segunda Oportunidad es una de las novedades más significativas introducidas por la reforma del Reglamento de Extranjería en el Real Decreto 1155/2024. 

Este permiso representa una medida de flexibilidad y humanización en la normativa migratoria española, diseñada para aquellas personas que, habiendo disfrutado de una residencia legal previa, se vieron imposibilitadas de renovarla por motivos que no implicaban infracciones graves o amenazas al orden público.

La importancia de este trámite radica en su capacidad para ofrecer una nueva oportunidad de regularización a individuos que, por diversas razones (como una pérdida de empleo inesperada, una enfermedad, o cambios en su situación personal), no pudieron cumplir con los requisitos para la renovación de su permiso. 

Los beneficios son claros: permite al solicitante obtener una nueva autorización de residencia y trabajo en España, reintegrándose plenamente a la vida legal del país.


¿Quién puede solicitar el Arraigo de Segunda Oportunidad?

El Arraigo de Segunda Oportunidad está específicamente diseñado para un perfil de extranjero muy concreto. Para poder acogerse a este permiso, se deben cumplir los siguientes criterios:

  • Haber sido titular de una autorización de residencia previa: Este es el requisito fundamental. El solicitante debe haber tenido en el pasado un permiso de residencia válido en España.
  • Finalización de la residencia previa en los últimos dos años: La autorización de residencia que se tuvo previamente debe haber caducado o dejado de estar en vigor en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de arraigo de segunda oportunidad. Esto limita la ventana temporal para acceder a este permiso.
  • No haber podido renovar la residencia por motivos ajenos a orden público, seguridad o salud pública: La clave de este arraigo es que la pérdida de la residencia no se debió a causas imputables a la conducta del extranjero relacionadas con:
  • Orden público: Por ejemplo, no haber cometido delitos.
  • Seguridad nacional: No representar una amenaza para la seguridad de España.
  • Salud pública: No tener enfermedades que impidan la entrada o residencia, según los convenios internacionales.
  • Esto significa que si la residencia se perdió por, por ejemplo, no cumplir con los requisitos económicos para la renovación, este arraigo es aplicable. Si se perdió por tener antecedentes penales, no lo sería.
  • Excepciones en casos de sentencia denegatoria, sobreseimiento o absolución de pena: Se contempla la posibilidad de que, si la denegación o pérdida de la residencia previa estuvo relacionada con un proceso penal del que el extranjero resultó absuelto, sobreseído o la sentencia fue denegatoria de responsabilidad, esta situación no sea un impedimento. Se valorará la inocencia o la falta de peligrosidad demostrada judicialmente.

Fundamento Legal

El Arraigo de Segunda Oportunidad es una figura de reciente creación, introducida por el Real Decreto 1155/2024, que modifica el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Específicamente, esta autorización se enmarca dentro de las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales (arraigo).

La normativa que lo respalda se encuentra en la Disposición Transitoria Sexta del mencionado Real Decreto 1155/2024, que se añade al Reglamento de Extranjería. Esta Disposición Transitoria establece las condiciones y el procedimiento para esta nueva modalidad de arraigo, complementando los artículos 123 y 124 del Reglamento de Extranjería, que son los que regulan las distintas modalidades de arraigo (social, laboral, familiar y para la formación).

Este fundamento legal específico otorga una base sólida a este permiso, diferenciándolo de las vías de regularización existentes y adaptándose a las necesidades de un grupo de personas que antes quedaban en un limbo administrativo.

¿Por cuánto tiempo se concede esta autorización y permite trabajar?

La Autorización de Residencia por Arraigo de Segunda Oportunidad se concede inicialmente por un periodo de un año.

Una de las ventajas más importantes de este permiso es que habilita para trabajar en España, tanto por cuenta ajena (como empleado) como por cuenta propia (como autónomo). Esto significa que, desde el momento en que se obtiene la resolución favorable y se tramita la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), el beneficiario puede incorporarse plenamente al mercado laboral español, sin necesidad de un trámite adicional para la autorización de trabajo.

Esta capacidad de trabajar es fundamental, ya que permite al beneficiario generar ingresos, contribuir al sistema de Seguridad Social y, en última instancia, fortalecer su proceso de integración en España.


Requisitos Generales para Cualquier Solicitud de Arraigo

Aunque el Arraigo de Segunda Oportunidad tiene un requisito específico, comparte una serie de requisitos generales comunes a todas las modalidades de arraigo en España:

  1. Permanencia en España: El solicitante debe acreditar una permanencia continuada en España por un periodo mínimo de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. Esta permanencia se debe probar con documentos fehacientes (empadronamiento, certificados médicos, recibos, etc.).
  2. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza: Ni familiar de ciudadano de estos países al que le sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  3. No ser solicitante de protección internacional durante el trámite: Al momento de solicitar este arraigo, el interesado no debe tener una solicitud de asilo o protección subsidiaria en curso. Este punto es crucial y se relaciona con el desistimiento explicado en el Arraigo de Solicitantes de Asilo.
  4. No representar una amenaza para el orden público o seguridad: El solicitante no debe figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido, ni representar un riesgo para la seguridad del país.
  5. Carecer de antecedentes penales: Tanto en España como en sus países de origen o en los países donde haya residido durante los últimos cinco años. Los certificados deben estar debidamente legalizados y, si es necesario, traducidos.
  6. No estar dentro del plazo de compromiso de no retorno a España: Si el extranjero fue previamente expulsado de España, no debe encontrarse dentro del período de prohibición de entrada al país que se estableció en la resolución de expulsión.

Requisito Específico del Arraigo de Segunda Oportunidad

Además de los requisitos generales, el Arraigo de Segunda Oportunidad tiene un requisito específico e indispensable:

  • Haber sido titular de una autorización de residencia legal y haberla perdido sin causas de orden público, seguridad o salud pública, y que la caducidad se haya producido en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Este requisito busca precisamente ayudar a aquellas personas que tuvieron una situación legal previa pero la perdieron por motivos económicos, laborales o personales que no implicaban una infracción grave o una amenaza para la sociedad. Es fundamental poder acreditar la titularidad de esa residencia previa con la documentación correspondiente.


Proceso de Solicitud del Arraigo de Segunda Oportunidad

El proceso para solicitar el Arraigo de Segunda Oportunidad se lleva a cabo en España y requiere la presentación de documentación específica:

  1. Recolección de Documentos:
  • Pasaporte completo y en vigor: Con una validez mínima para el periodo de la autorización solicitada.
  • Prueba de permanencia en España: Documentos que acrediten la residencia continuada de al menos dos años (ej. certificados de empadronamiento históricos, informes médicos, billetes de transporte, matrículas de cursos, contratos de alquiler, recibos, etc.).
  • Certificado de antecedentes penales: Del país o países de origen y de aquellos donde hayas residido durante los últimos cinco años. Deben estar debidamente legalizados y traducidos si es necesario.
  • Documentación de la autorización de residencia previa: Copia de la tarjeta de residencia caducada, resoluciones de concesión, etc., que prueben que fuiste titular de un permiso legal.
  • Pruebas de que la no renovación fue por motivos ajenos a orden público, seguridad o salud pública: Esto puede ser un informe de vida laboral que muestre la pérdida de empleo, informes médicos, o cualquier otro documento que justifique la imposibilidad de renovar.
  • Modelo de solicitud (EX-10) debidamente cumplimentado.
  1. Presentación de la Solicitud:
  • La solicitud se presenta en la Oficina de Extranjería de la provincia donde tengas fijado tu domicilio.
  • Deberás presentar el justificante del pago de la tasa administrativa (modelo 790 código 052, tasa por autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales).
  • Es recomendable presentar la solicitud de forma electrónica si se cuenta con certificado digital, aunque también se puede hacer presencialmente con cita previa.
  1. Espera de Resolución:
  • La Administración tiene un plazo máximo de tres meses para resolver y notificar la solicitud.
  • Si transcurrido este plazo no recibes notificación, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo negativo. En este caso, se pueden interponer los recursos pertinentes.

Prórroga del Permiso

La Autorización de Residencia por Arraigo de Segunda Oportunidad se concede por un año, pero es prorrogable. La prórroga (que será una renovación de la autorización de residencia y trabajo) se regirá por las condiciones generales de renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena o propia.

Requisitos para la Prórroga (Renovación):

  • Continuidad en la situación de regularidad: No haber incurrido en causas de denegación (ej. antecedentes penales).
  • Cumplimiento de las obligaciones laborales: Haber trabajado un mínimo de tiempo (generalmente 6 meses en el año de validez de la autorización) o estar dado de alta como demandante de empleo.
  • Búsqueda activa de empleo e inscripción en el servicio público de empleo: Si no se está trabajando en el momento de la renovación, es crucial demostrar que se está buscando activamente un empleo y que se está inscrito como demandante de empleo.

La primera prórroga, si cumple los requisitos, suele concederse por un período de dos años, permitiendo una mayor estabilidad y facilitando la posterior solicitud de residencia de larga duración.


Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre el Arraigo de Segunda Oportunidad

¿Puedo solicitar el arraigo de segunda oportunidad si mi residencia previa fue por circunstancias excepcionales?

Sí, la ley no especifica el tipo de residencia previa. Lo importante es que hayas sido titular de una autorización de residencia legal y que la pérdida de la misma no se haya debido a causas de orden público, seguridad o salud pública.

¿Qué documentos sirven como prueba de permanencia en España?

Además del empadronamiento histórico (que es fundamental), puedes aportar: certificados médicos de asistencia en centros de salud españoles, matrículas de cursos o estudios, billetes de transporte con fecha, recibos de alquiler o servicios, facturas, extractos bancarios, informes de vida laboral, etc. Cuanta más documentación, mejor.

¿Puedo trabajar inmediatamente después de recibir este permiso?

Sí, una vez que te sea concedida la autorización y obtengas tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), la misma te habilita para trabajar en España, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, sin necesidad de un trámite adicional para la autorización de trabajo.

¿Cuánto tiempo tarda la resolución de la solicitud?

El plazo máximo legal para que la Oficina de Extranjería resuelva tu solicitud es de tres meses desde la fecha de presentación. Si no hay respuesta en ese tiempo, la solicitud se considera denegada por silencio administrativo negativo.

¿Cómo afecta el arraigo de segunda oportunidad a una futura solicitud de nacionalidad española?

El tiempo de residencia legal obtenido a través del Arraigo de Segunda Oportunidad es computable para la solicitud de nacionalidad española por residencia. Esto significa que este período de residencia se suma al cómputo total de años requeridos para poder optar a la nacionalidad, que generalmente es de 10 años, aunque se reduce en casos específicos (por ejemplo, 2 años para nacionales de países iberoamericanos).

El Arraigo de Segunda Oportunidad es una medida innovadora y necesaria que reconoce las realidades migratorias y ofrece una vía para la regularización a quienes han vivido la frustración de perder una residencia legal. Es una muestra del compromiso de España con la integración y la humanización de su normativa de extranjería.

Sin embargo, como toda figura legal compleja, el proceso de solicitud de este arraigo requiere un conocimiento profundo de la normativa y una preparación minuciosa de la documentación. Cumplir con todos los requisitos y presentarlos de forma adecuada es fundamental para el éxito de la solicitud.

En Abogados Dagesa, nuestro equipo de expertos en derecho migratorio está preparado para brindarte la asesoría y el acompañamiento que necesitas. Analizaremos tu caso particular, te ayudaremos a recopilar la documentación necesaria y te guiaremos en cada paso del proceso, maximizando tus posibilidades de obtener esta segunda oportunidad en España.

No dejes que la oportunidad de restablecer tu situación legal se escape. Te invitamos a agendar una asesoría legal personalizada con Abogados Dagesa para resolver todas tus dudas y comenzar tu camino hacia una nueva vida en España.

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