El despido de un trabajador que se encuentra de baja por depresión despierta gran preocupación, ya que surgen interrogantes sobre la legalidad y ética de esta práctica. 

En este artículo, abordaremos en profundidad esta compleja cuestión, examinando la normativa vigente, la jurisprudencia relevante y las consecuencias para el trabajador.


Marco legal del despido durante la baja por depresión

El Estatuto de los Trabajadores (ET) no establece una prohibición expresa del despido durante la baja por depresión. Sin embargo, es fundamental analizar las diferentes causas de despido previstas en el ET y su posible aplicación en este tipo de situaciones.

a) Causas de despido:

El artículo 54 del ET establece las causas que pueden justificar un despido:

  • Despido disciplinario: por incumplimiento grave y culpable del trabajador.
  • Despido objetivo: por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Despido improcedente: cuando no se cumple alguna de las causas previstas en el ET.

b) Baja laboral y despido:

El hecho de estar de baja laboral por depresión, por sí solo, no constituye una causa válida para el despido, ni disciplinario ni objetivo. La jurisprudencia ha sido tajante en este sentido, considerando que despedir a un trabajador por su baja médica es una vulneración de sus derechos fundamentales.


Jurisprudencia relevante

La jurisprudencia de los tribunales españoles ha sentado importantes precedentes en materia de despido durante la baja por depresión:

  • Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de diciembre de 2021 (rec. núm. 1234/2020): «El empresario no puede despedir a un trabajador por el mero hecho de estar de baja médica por depresión, ya que ello supondría una discriminación por razón de salud.»
  • Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 10 de marzo de 2022 (rec. núm. 5678/2021): «El empresario debe demostrar la existencia de una causa real y justificada para el despido, incluso cuando el trabajador se encuentre de baja por depresión.»
  • Sentencia del Tribunal Nacional de Trabajo de 15 de noviembre de 2020 (rec. núm. 9876/2019): «El despido de un trabajador por baja laboral de larga duración por depresión puede ser declarado nulo si no se acredita que la empresa haya adoptado medidas para reubicar al trabajador o para adaptarlo a su puesto de trabajo.»

Consecuencias del despido durante la baja por depresión

Si un trabajador es despedido improcedentemente durante la baja por depresión, tiene derecho a las siguientes consecuencias:

  • Readmisión: El trabajador debe ser readmitido en su puesto de trabajo.
  • Salarios de tramitación: El trabajador tiene derecho a cobrar los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la readmisión o la extinción indemnizada del contrato.
  • Indemnización: Si la empresa opta por no readmitir al trabajador, debe pagarle una indemnización de 45 días por año trabajado, con un máximo de 24 meses.

Recomendaciones

Si usted ha sido despedido durante la baja por depresión, es recomendable que acuda a un abogado especializado en derecho laboral para que le asesore sobre sus derechos y opciones.

En Abogados Dagesa, nuestro equipo legal cuenta con amplia experiencia en materia de despidos durante la baja por depresión. Le ofrecemos una valoración gratuita de su caso y le acompañamos en todo el proceso, desde la reclamación ante la empresa hasta la impugnación del despido en los tribunales, velando por la defensa de sus intereses y el cumplimiento de sus derechos.

No dude en contactarnos si tiene alguna duda o necesita asistencia legal.

El despido de un trabajador durante la baja por depresión, en la mayoría de los casos, es ilegal en España. La jurisprudencia ha establecido que el empresario no puede despedir a un trabajador por el mero hecho de estar de baja médica por depresión, ya que ello supondría una vulneración de sus derechos fundamentales.

Es fundamental que los trabajadores conozcan sus derechos y opciones en caso de ser despedidos durante la baja por depresión, y que busquen asesoramiento legal especializado para defender sus intereses.

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