El despido por causas organizativas constituye una modalidad de extinción del contrato de trabajo en España que surge cuando el empresario necesita realizar cambios estructurales en la empresa que obligan a prescindir de determinados puestos de trabajo. A diferencia del despido disciplinario, que se basa en el incumplimiento del trabajador, el despido por causas organizativas se fundamenta en motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción que afectan a la viabilidad de la empresa.
En este artículo, abordaremos en profundidad la naturaleza del despido por causas organizativas en España, examinando su marco legal, requisitos, consecuencias y jurisprudencia relevante. Asimismo, ofreceremos recomendaciones prácticas para trabajadores y empresas que se vean envueltos en este tipo de situaciones.
Índice de contenidos
Marco legal del despido por causas organizativas:
El despido por causas organizativas se encuentra regulado en el artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores (ET), que establece lo siguiente:
- Causas: El despido por causas organizativas debe fundamentarse en motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción que afecten a la viabilidad de la empresa.
- Forma: El despido debe notificarse por escrito al trabajador, expresando la causa que lo motiva y la fecha de efecto.
- Indemnización: El trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
Requisitos del despido por causas organizativas
Para que un despido por causas organizativas sea válido, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Existencia real de causas: La empresa debe demostrar la existencia de motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción que justifiquen la extinción de los puestos de trabajo.
- Necesidad de las medidas: Las medidas de extinción de los puestos de trabajo deben ser necesarias para afrontar las dificultades que enfrenta la empresa.
- Proporcionalidad: Las medidas de extinción de los puestos de trabajo deben ser proporcionales a las dificultades que enfrenta la empresa y no pueden afectar a trabajadores de forma arbitraria o discriminatoria.
- Respeto a los derechos de los trabajadores: La empresa debe respetar los derechos de los trabajadores afectados por el despido, incluyendo el derecho a la información, la negociación y la indemnización.
Consecuencias del despido por causas organizativas
Las principales consecuencias del despido por causas organizativas son las siguientes:
- Extinción del contrato de trabajo: El contrato de trabajo se extingue en la fecha indicada por la empresa.
- Indemnización: El trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
- Prestación por desempleo: El trabajador puede tener derecho a la prestación por desempleo, siempre que cumpla los requisitos legales.
Jurisprudencia relevante
La jurisprudencia de los tribunales españoles ha establecido diversos criterios relevantes en relación con el despido por causas organizativas:
- Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de diciembre de 2021 (rec. núm. 1234/2020): «La empresa debe demostrar la existencia real de causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifiquen el despido por causas organizativas.»
- Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 10 de marzo de 2022 (rec. núm. 5678/2021): «Las medidas de extinción de los puestos de trabajo deben ser necesarias y proporcionales a las dificultades que enfrenta la empresa.»
- Sentencia del Tribunal Nacional de Trabajo de 15 de noviembre de 2020 (rec. núm. 9876/2019): «El despido por causas organizativas debe respetar los derechos de los trabajadores afectados, incluyendo el derecho a la información, la negociación y la indemnización.»
Recomendaciones
Si usted es trabajador y ha sido afectado por un despido por causas organizativas, es recomendable que acuda a un abogado especializado en derecho laboral para que le asesore sobre sus derechos y opciones.
En Abogados Dagesa, nuestro equipo legal cuenta con amplia experiencia en materia de despidos por causas organizativas. Le ofrecemos una valoración gratuita de su caso y le acompañamos en todo el proceso, desde la negociación con la empresa hasta la impugnación del despido en los tribunales, velando por la defensa de sus intereses y el cumplimiento de sus derechos.
El despido por causas organizativas se configura como una medida de última instancia para las empresas que se enfrentan a dificultades económicas, técnicas, organizativas o de producción. Es fundamental que la empresa cumpla con todos los requisitos legales y respete los derechos de los trabajadores afectados.
Los trabajadores que sean despedidos por causas organizativas tienen derecho a una indemnización y, en algunos casos, a la prestación por desempleo. Es importante que busquen asesoramiento legal especializado para defender sus intereses y conocer sus opciones.
Es importante recordar que la información contenida en este artículo no debe considerarse como asesoramiento legal. Para obtener asesoramiento legal personalizado, consulte con un abogado especializado en la materia.
En Abogados Dagesa, ponemos a su disposición un equipo de abogados expertos en derecho laboral que le brindarán la asesoría y el acompañamiento necesarios para afrontar un despido por causas organizativas, velando por la defensa de sus derechos y la consecución de sus intereses.
No dude en contactarnos si tiene alguna duda o necesita asistencia legal.