Sin duda alguna, uno de nuestros mayores logros obtenidos, después de años dentro del mundo del derecho, mediando en conflictos, negociaciones y procesos judiciales, es que muchas veces los problemas pueden evitarse si realizamos e invertimos, en la realización de un buen contrato. Un buen contrato, es aquel en el que ambas partes tienen claras cuáles son sus obligaciones y derechos, y se prevén, en la medida de lo posible, la mayoría de las situaciones que se pueden dar lugar en el futuro, así como las consecuencias, derechos y obligaciones que tendrán para cada una de las partes intervinientes, incluso pudiendo llegar a pactarse futuras indemnizaciones para el caso de incumplimiento.

Nuestra forma de trabajar es que un abogado de nuestro equipo se reunirá con el cliente, este le explicará que tipo de contrato desea llevar a cabo, comunicándole cuáles son sus intereses y objetivos, con dicho negocio jurídico. El abogado que se encargue de la elaboración del contrato, le dará forma jurídica, incluyendo en su caso, aquellas otras clausulas que considere beneficiosas para los intereses del cliente. Posteriormente se le hará llegar este contrato, para que el cliente de su visto bueno al contrato y a las clausulas.

Por ejemplo si estamos hablando de un contrato de compraventa, es necesario, antes de la elaboración del contrato, saber qué tipo de contrato se adapta mejor a las necesidades concretas del cliente, y que nos va a dar mayor seguridad a la hora de conseguir el fin perseguido. Así por ejemplo, si lo que perseguimos es la compra de una vivienda, podemos realizar diferentes tipos de contratos en función de nuestras circunstancias personales o de la vivienda en cuestión, a modo enunciativo, Contrato de Arras o de señal, Contrato de compraventa a plazos con reserva de dominio, Contrato de compraventa, …

A modo enunciativo, en ABOGADOS DAGESA podemos ofrecerle la elaboración de contratos de todo tipo de contratos, tanto contratos típicos, como atípicos. Ya sea compraventa, arrendamiento, mandato, permuta, como de hospedaje, garaje, o cualquier otro no especificado en el código civil.

Indudablemente no serán las mismas sus preocupaciones, si usted es el comprador, o cuyo caso, su principal preocupación será el llegar a adquirir el objeto de que se trate con todas las garantías, o si usted es el vendedor, que su preocupación básica será la de asegurarse el cobro de la cantidad acordada. Por lo que atendiendo a su posición dentro del contrato, y sus necesidades específicas realizaremos un contrato a su medida.

En algunas ocasiones, dependiendo del tipo de negocio que vayamos a celebrar, nos encontramos a que es la parte contraria la que va a hacer el contrato, en dicho supuesto, nuestros abogados podrán negociar en su nombre el contrato, que están intentando llevar a buen fin. En dicho caso un abogado podría mantener reuniones o comunicaciones con la contraparte, defendiendo sus intereses, los cuales le habrán sido antes expuestos en las reuniones celebradas.

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