Este es, sin duda, el tema que mayor incertidumbre genera en el tejido empresarial español de cara a 2026. No se trata de un simple cambio administrativo, sino de una reingeniería total de los procesos de facturación.
Desde Abogados Dagesa, hemos estructurado esta guía para transformar ese «miedo» en una ventaja competitiva para nuestros clientes, asegurando que la transición sea fluida y, sobre todo, cumpla con el nuevo marco sancionador.
Índice de contenidos
2026: El Año de la Digitalización Fiscal Obligatoria
Para entender el nuevo escenario, debemos distinguir entre dos normativas distintas que convergen en 2026: la Ley 18/2022 (Crea y Crece) y el Reglamento Veri*factu (RD 1007/2023). En nuestro despacho, abordamos ambos pilares de forma integral.
1. Ley «Crea y Crece»: La Facturación Electrónica B2B
El objetivo de esta ley es la digitalización total de las relaciones comerciales y, fundamentalmente, el control de la morosidad.
- La Obligación: Todas las empresas y autónomos deberán expedir, enviar y recibir facturas electrónicas en sus operaciones con otros empresarios o profesionales (B2B).
- Interoperabilidad: Ya no valdrá un simple PDF por email. El sistema debe permitir la lectura automática entre diferentes plataformas.
- Control de Pagos: Es obligatorio informar del estado de las facturas (fecha de pago efectivo). Este punto es crítico, ya que las empresas que no cumplan los plazos legales de pago no podrán acceder a subvenciones públicas.
El enfoque de Dagesa: No asesoramos solo en el «envío» de la factura; ayudamos a nuestros clientes a implementar sistemas que certifiquen el momento del pago, protegiendo su derecho a subvenciones y evitando sanciones de hasta 10.000 €.
2. Sistema Veri*factu: El Fin de la Facturación Alterable
Si la Ley Crea y Crece regula cómo se envía la factura, Veri*factu regula cómo se genera en su software.
- ¿Qué es? Es un estándar de seguridad que garantiza que cada factura generada sea inalterable. Cada vez que se emite una factura, el sistema genera un registro encadenado al anterior y, opcionalmente, lo envía en tiempo real a la AEAT.
- El distintivo de confianza: Los sistemas que envíen voluntariamente los datos a Hacienda podrán incluir el logo «Veri*factu».
3. Calendario de Implantación: ¿Cuándo es obligatorio?
En Abogados Dagesa insistimos en que la preparación debe empezar ya, pues los plazos son estrictos:
| Normativa | Obligados | Fecha Límite Estimada |
| Crea y Crece | Empresas con facturación > 8M€ | Enero 2026 (pendiente de desarrollo reglamentario final) |
| Veri*factu | TODOS los empresarios (excepto los acogidos al SII) | 1 de julio de 2025 / 1 de enero de 2026 |
| Crea y Crece | Resto de empresas y autónomos | Enero 2027 |
4. ¿Por qué es crítico el asesoramiento de Abogados Dagesa en esta transición?
El mayor riesgo no es técnico, sino jurídico. La Administración ha endurecido el régimen sancionador para evitar el fraude:
- Sanciones por Software No Homologado: La mera tenencia de un software que permita la «contabilidad B» o la alteración de facturas puede acarrear multas de 50.000 € por ejercicio para el usuario (Art. 201 bis LGT).
- Pérdida de Deducciones: Una factura electrónica que no cumpla con los estándares técnicos de Veri*factu o de la Ley Crea y Crece podría ser declarada no deducible en el IVA y en el Impuesto sobre Sociedades.
- Seguridad Jurídica: En Dagesa, validamos que la elección del proveedor tecnológico de nuestros clientes no solo sea operativa, sino que cumpla con los requisitos de inalterabilidad, trazabilidad y conservación que exigirá la Inspección Tributaria.
Ejemplo de situación real:
Imagina una empresa constructora mediana en Valencia que factura unos 12 millones de euros al año.
Hasta ahora, su sistema de facturación consistía en enviar PDFs por correo electrónico y registrar manualmente los pagos en su contabilidad.
Qué ocurre en 2026 con la Ley «Crea y Crece» y Verifactu:*
Obligación inmediata:
Al superar los 8 millones de euros de facturación, desde enero de 2026 la empresa debe emitir y recibir todas sus facturas en formato electrónico B2B, con sistemas interoperables. Ya no puede enviar PDFs por email.
Control de pagos:
Cada factura debe incluir el estado de pago. Si la empresa no registra correctamente cuándo se ha pagado, corre el riesgo de quedar fuera de subvenciones públicas para proyectos de construcción.
Verifactu:*
El software de facturación debe estar homologado y garantizar que las facturas sean inalterables. Si la empresa sigue usando su programa actual, que permite modificar registros, podría enfrentarse a sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio.
Consecuencias prácticas:
El departamento financiero se da cuenta de que no solo necesita cambiar el software, sino también adaptar sus contratos con proveedores para reflejar la nueva obligación de informar sobre pagos.
La empresa decide contratar asesoría legal para validar que el proveedor tecnológico cumple con Veri*factu y que sus procesos internos garantizan trazabilidad y conservación de facturas.
Gracias a esta preparación, evitan sanciones y aseguran que sus facturas sean deducibles en IVA y en el Impuesto sobre Sociedades.
La digitalización no debe verse como una carga, sino como una oportunidad para profesionalizar la gestión financiera. En Abogados Dagesa, no nos limitamos a informar; acompañamos a nuestros clientes en la selección de herramientas y en la adaptación de sus contratos para que esta transición sea un éxito absoluto.
¿Sabe si su actual programa de facturación está adaptado a Veri*factu o si tendrá que migrar sus datos en 2026? ¿Desea que realicemos una auditoría técnica de sus procesos de facturación para asegurar el cumplimiento antes de que lleguen las fechas límite? Llama para reservar una cita con nosotros.