Las prestaciones que ofrece la Seguridad Social requieren el cumplimiento de toda una serie de requisitos para que sean concedidas. La Seguridad Social, en ocasiones, estas solicitudes son denegadas, bien porque la valoración de los requisitos para recibirlas tiene un componente subjetivo que no ha jugado a nuestro favor, bien porque entre los documentos que presentamos había un error. Por ello es importante que el trabajador o futuro pensionista tenga un asesoramiento previo sobre los requisitos a cumplir, los plazos o la documentación a aportar.
De igual modo, muchos trabajadores o personas que nunca han trabajado, desconocen que les puede corresponder algún tipo de prestación o pensión y que cumplen los requisitos para cobrarla, esto es de suma importancia, ya que ante situaciones tan penosas tales como el tener runa avanzada edad y el carecer de todo tipo de ingresos se deben de estudiar todas las posibilidades que el sistema nos ofrece para corregir esa carencia de ingresos. Es por ello por lo que si se da alguno de estos casos le facilitamos información útil para realizar reclamaciones contra la Seguridad Social.
Existen diversos tipos de prestaciones y pensiones del sistema de la seguridad social. Las prestaciones son un conjunto de medidas que pone en funcionamiento la Seguridad Social para prever, reparar o superar determinadas situaciones de infortunio o estados de necesidad concretos, que suelen originar una pérdida de ingresos o un exceso de gastos en las personas que los sufren, sin olvidar que este tipo de prestaciones no son ningún regalo de la Seguridad Social ya que son un derecho del trabajador y el resultado de las aportaciones realizadas por los trabajadores que cubren estas contingencias a lo largo de su vida laboral o la de sus beneficiarios.
En su mayoría económicas, las prestaciones son las siguientes:
- Asistencia sanitaria.
- Incapacidad temporal.
- Riesgo durante el embarazo.
- Riesgo durante la lactancia natural.
- Maternidad.
- Paternidad.
- Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
- Incapacidad permanente.
- Lesiones permanentes no invalidantes.
- Jubilación.
- Muerte y supervivencia:
- Auxilio por defunción.
- Pensión de viudedad.
- Prestación temporal de viudedad.
- Pensión de orfandad.
- Pensión en favor de familiares.
- Subsidio en favor de familiares.
- Indemnización especial a tanto alzado, en los supuestos de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
- Prestaciones familiares:
- Prestación económica por hijo o menor acogido a cargo.
- Prestación económica por nacimiento/adopción de tercer o sucesivos hijos.
- Prestación económica por nacimiento/adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres discapacitadas.
- Prestación económica por parto o adopción múltiples.
- Prestación no económica.
- Prestaciones por desempleo (SPEE)
- Servicios sociales (IMSERSO u órganos competentes de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas).
- Prestaciones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI):
- Vejez SOVI.
- Invalidez SOVI.
- Viudedad SOVI.
- Prestaciones del Seguro Escolar.
Es conveniente y de vital importancia, que desde la propia solicitud a la Seguridad Social de prestaciones de cualquier tipo realizada al INSS, ya sea por cualquier modalidades de solicitud, ésta se sustente de forma adecuada y de manera detallada, habiendo estudiado los requisitos necesarios, los plazos, se reúna la documentación adecuada, de esta forma, tendremos abierta incluso la posibilidad de que la solicitud planteada sea estimada en todo o en parte por la Seguridad Social y, en caso de denegarse, se habrá andado un buen camino para proseguir la batalla en el ámbito judicial.
Los Abogados que tratamos habitualmente con personas que requieren de alguna prestación de la Seguridad Social sabemos lo mucho que implica tener una pensión que al menos les permita no tener que añadir la penuria económica a su complicada situación personal y, en muchas ocasiones, familiar.
Lo que nosotros pretendemos es que el cliente obtenga la tranquilidad que supone tener cubiertas una parte de sus necesidades económicas, sin olvidar que este tipo de prestaciones no son ningún regalo de la Seguridad Social ya que son un derecho del trabajador y el resultado de las aportaciones realizadas por los trabajadores que cubren estas contingencias a lo largo de su vida laboral o la de sus beneficiarios.
Por ello, nuestra forma de trabajar ante la necesidad del cliente de solicitar cualquier prestación a las seguridad sociales realizarle un estudio previo para comprobar si cumple los requisitos y si esto es así aportar los documentos necesarios para que le sea concedida dicha prestación, también el estudio se realiza por si el cliente, atendiendo a sus circunstancias, personales, laborales, familiares o clínicas, pudiera tener derecho, además, a otro tipo de prestación, por ejemplo ofrecida a nivel autonómico o estatal.
Informaros que en el despacho disponemos de abogados expertos en gestionar solicitudes a la Seguridad Social y abogados expertos en realización de reclamaciones contra la Seguridad Social, especialistas en derecho de la Seguridad Social y que tienen gran experiencia en este tipo de reclamaciones, por ello, por que sabemos lo dolorosa que puede llegar una determinada situación, queremos ofrecerle toda nuestra experiencia y profesionalidad para ayudarle a resolver sus problemas e incluso estudiar que otro tipo de ayudas de carácter autonómico le pueden corresponder atendiendo a su situación médica, personal, económica y familiar.
Póngase en contacto con nosotros para cualquier consulta y estaremos encantados en atenderle.