Cuando fallece una persona, lo deseable es que todos los herederos estén de acuerdo e inicien la tramitación de herencia. En este caso todos los herederos de mutuo acuerdo realizarán todas las gestiones necesarias para que finalmente se acepte la herencia, o se renuncie a ella. Estas gestiones, de pendiendo del tipo de herencia ante la que nos encontremos, pueden ser más o menos difíciles. Dependiendo también a su vez de si el causante (nombre que recibe la persona fallecida en el ámbito hereditario) otorgó o no testamento antes del fallecimiento.

En este supuesto, lo habitual es que los herederos no dispongan de tiempo necesario, para realizar todas las gestiones, o desconozcan ciertos pasos para la tramitación de herencia. En ABOGADOS DAGESA nos ofrecemos a realizarle todas las gestiones necesarias, en esta tramitación, bien ante el notario, o bien ante el Juzgado competente (dependerá del caso en concreto). Redacción del cuaderno particional. E incluso a liquidarle los impuestos necesarios una vez se haya procedido la aceptación. Hasta conseguir la aceptación o renuncia de la herencia.

En otras ocasiones, hay discrepancias entre los herederos, y en principio no es posible alcanzar un acuerdo entre todos ellos, para proceder a la tramitación de herencia. Para aceptar o repudiar una herencia es requisito imprescindible en nuestro derecho, que lo lleven a cabo en un mismo acto y estando de acuerdo todos los herederos.

En nuestro despacho tenemos amplia experiencia en la mediación de herencias, y podemos intentar llegar a un acuerdo con todas las partes interesadas, reuniéndonos con los diferentes herederos, de forma conjunta o por separado, dependiendo del caso. Ya que sabemos, que el hecho de alcanzar un acuerdo en estos asuntos evitaría muchos quebraderos de cabeza, e incremento de costes a los herederos, los cuales no son necesarios, y se podrían evitar.

Si no prospera la mediación entre los herederos, señalada anteriormente, o la situación esta tan enconada, que no deja otra solución, no quedará más remedio que iniciar las acciones judiciales de reclamación de herencia. En el derecho hereditario, pueden plantearse multitud de problemas, a veces entre los herederos, otras veces por las circunstancias propias de la herencia, por multitud de factores que pueden influir. En cualquier caso, se llevará a cabo la reclamación de herencia para conseguir, que un heredero pueda finalmente obtener lo que era la voluntad del testador, o lo que, conforme a la ley le corresponde.

Desgraciadamente, se ve con cierta frecuencia que un heredero obstaculiza al resto de herederos con su actitud pasiva a la hora de realizar cualquier tramitación de herencia. Es decir, no quiere colaborar para que se lleve a cabo la aceptación de la herencia. En la mayoría de ocasiones esto está motivado por dos motivos, o bien porque las relaciones familiares están tan deterioradas entre los herederos, que se utiliza para perjudicar a los demás, o bien porque dicho heredero está sacando provecho de la no aceptación de la herencia, ya que se procedería a la repartición de los bienes, y quizás él está haciendo uso de algunos de ellos de manera privativa, y por consiguiente le resulta más ventajoso, aunque también pudiera ser por cualquier otro motivo. En ambos casos se hará necesario iniciar la reclamación de herencia, ejercitando las acciones pertinentes, en función del caso ante el que nos encontremos.

Otro posible caso, pudiera ser que un heredero, o persona que se creía heredero, tenga interés en proceder a la nulidad del testamento, porque entienda que el causante otorgó testamento cuando no tenía capacidad para testar, por no hallarse en su cabal juicio, o porque hubiera sido obligado, o engañado a la hora de realizar el que es el último testamento. En dicho caso será necesario iniciar acción para la declaración de nulidad del testamento.

Sea cualquiera el caso de que se trate, la intención de nuestros abogados será defender los intereses de nuestro cliente, estando siempre abiertos, con el consentimiento del cliente, a alcanzar un acuerdo, incluso una vez iniciado el procedimiento judicial, que sea lo más beneficioso posible para este.

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